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Los fondos de inversión son instrumentos muy recurridos si buscas invertir parte de tu dinero. La popularidad de estas Instituciones de Inversión Colectiva se debe a que permiten a muchos inversores sin grandes conocimientos en finanzas diversificar la inversión de sus ahorros en diversos activos (acciones, bonos, derivados y otros instrumentos financieros) y obtener acceso a una amplia variedad de mercados, ya que son gestionados por expertos con amplios conocimientos en el sector.
Los beneficios obtenidos en los fondos de inversión tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), por lo que es importante tenerlo en cuenta a la hora de preparar la declaración de la Renta 2023.
Cuando reembolsas un fondo, el dinero ganado o perdido desde la suscripción se clasifica como ganancias o pérdidas patrimoniales.
La base imponible se calcula una vez efectuado el reembolso del fondo (los traspasos de un fondo a otro no tributan, como explicaremos más adelante y ya vimos en este video). Esta base es la diferencia entre el valor liquidativo de tu participación cuando se realiza la suscripción al fondo y cuando se reembolsa, siempre teniendo en cuenta, en caso de que los haya, los intereses y dividendos percibidos y las ganancias y pérdidas generadas por la venta de participaciones. Es decir, es la diferencia de lo que valía tu parte del fondo cuando invertiste en él y cuando sacaste el dinero.
Además, es importante tener en cuenta que los gastos asociados con la compra, como la comisión de suscripción; y la venta, como la comisión de reembolso, son deducibles.
La tabla de tipos de impuesto aplicable en todo el territorio nacional a las plusvalías generadas, salvo en País Vasco y Navarra, es la siguiente:
Precisamos que estos porcentajes se aplican por tramos progresivamente. De modo que, por ejemplo, si el beneficio obtenido es de 10.000 euros se aplicará un 19% por los primeros 6.000 euros y un 21% por los 4.000 euros restantes.
Además de conocer cómo tributa un fondo de inversión, también es importante conocer en qué casilla debemos incluir la información de la suscripción o reembolso a un fondo de inversión dentro de la declaración de la Renta 2023. Para este ejercicio (el que se empieza a presentar en abril de 2024), hay que incluir las ganancias o pérdidas patrimoniales entre las casillas 310 y 316.
En el caso de compensar pérdidas o ganancias de otros años, las casillas de la Renta a cumplimentar van de la 391 a la 396 dependiendo del tipo de activo.
Como hemos adelantado, tampoco tienes que pagar IRPF si decides cambiar/traspasar tu participación de un fondo a otro, ya que este tipo de operaciones se entiende como una manera de mantener la inversión y no obtienes un beneficio líquido hasta que no lo reembolses. No obstante, el importe a pagar en el IRPF se abonará en el momento en el que se venda la participación en el último fondo en el que hayamos invertido, contando la acumulación de ganancias o pérdidas desde que nos suscribimos al primer fondo. Es decir, más que ahorrar el pago de impuestos, lo pospones al momento en el que el dinero vuelva a tu bolsillo. En definitiva, con esta ventaja fiscal el legislador persigue favorecer y fomentar la inversión a largo plazo.
La legislación española permite al contribuyente compensar las ganancias con las pérdidas de otros productos. Si buscas pagar menos impuestos es conveniente reembolsar un fondo con plusvalías en un año en el que tengamos otras pérdidas patrimoniales. Por ejemplo, si has ganado 20.000 euros con el reembolso de un fondo pero has perdido 30.000 euros por la venta de unas acciones, tendrás unas pérdidas de 10.000 euros, evitando así pagar impuestos por los 20.000 euros que ganaste por el reembolso del fondo, ya que la base imponible es -10.000 euros.
Además, no solo es posible compensar las ganancias patrimoniales con pérdidas patrimoniales, sino que, desde 2019, también puedes hacerlo con hasta un 25% de los rendimientos de capital inmobiliario, como los dividendos recibidos en efectivo por tener acciones, o los intereses recibidos por tener bonos. Esto solo se puede hacer si, al computar todas las ganancias y pérdidas patrimoniales el total sale negativo. Siguiendo con el ejemplo anterior, si ese mismo año has ganado 6.000 euros a través del reparto de dividendos de acciones, un 25% de esa cantidad (1.500 euros) se pueden sumar a los 10.000 euros perdidos. Al seguir siendo el resultado negativo (-8.500 euros), se sigue sin tributar por ganancias o pérdidas patrimoniales y reduces la cantidad tributable por ganancias de los rendimientos mobiliarios de 6.000 a 4.500 euros. Además, Hacienda también permite compensar las pérdidas durante los cuatro siguientes ejercicios.
En el caso de heredar la participación en un fondo de inversión, deberás informar sobre la variación patrimonial en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Aquí puedes evitar a efectos prácticos tipos impositivos de entre un 19% y un 28% que deberíamos pagar por el aumento del valor del fondo desde que el testador se suscribió al fondo hasta que fallece. ¿Cómo? A través de una regla fiscal popularmente conocida como plusvalía del muerto. Gracias a esta, las ganancias del fondo empiezan a computar desde el momento en el que el heredero se convierte en titular de la suscripción. Esto se debe a que el fisco entiende que ya tributas por el fondo a través del impuesto sobre Sucesiones. Aunque, en la práctica, muchas Comunidades Autónomas aplican bonificaciones y exenciones en las herencias y el tratamiento fiscal es más ventajoso. Esta regla se puede aplicar a las herencias, pero no a las donaciones.
Ahora que has conocido cómo tributa un fondo de inversión, es importante saber que la normativa tributaria aplicable también establece una serie de excepciones. Es decir, la fiscalidad de los fondos de inversión es diferente en unos casos determinados. En los fondos de reparto o distribución (aquellos que reparten dividendos entre los partícipes) los dividendos deben declararse en el ejercicio en el que se reciben como rendimientos del capital mobiliario y se les aplica la misma tabla de tipos que a las ganancias de los fondos que hemos detallado antes.
Por otro lado, están los fondos garantizados, que aseguran al inversor conservar el capital invertido al vencer un plazo establecido. Esta garantía la ofrece una tercera entidad y puede ser interna (si es el fondo el que recibe el capital en el caso de no alcanzar el valor liquidativo fijado) o externa (cuando es el partícipe el que recibe este capital). En caso de ser externa, debes declarar esta cantidad como rendimiento del capital inmobiliario y tributa al 19%.
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